inicio             català  español  english   ??  ?????????????? ???????? ? ?????????

 

 
familia padres e hijo


REAGRUPACIÓN FAMILIAR DE HIJO NO NACIDO EN ESPAÑA

Es una autorización de residencia que se podrá conceder a los extranjeros menores de edad no nacidos en España hijos de extranjeros con residencia legal en España, así como a los menores sujetos legalmente a la tutela de un ciudadano o institución españoles o de un extranjero residente legal en España.


REQUISITOS

- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

- Acreditar una permanencia continuada en España del menor durante un periodo mínimo de dos años.

- Que sus padres o tutores acrediten empleo o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.

- Que sus padres o tutores acrediten disponer de vivienda adecuada.

- En el supuesto de que el menor esté en edad de escolarización obligatoria, que se acredite que ha estado matriculado en un centro de enseñanza durante su permanencia en España.





- La reagrupación familiar: requisitos e información general


- Autorización del hijo menor nacido en  España


- Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Familiares de investigadores, tarjeta azul-UE y residentes de larga duración-UE en otro Estado miembro

- Renovación de residencias por reagrupación familiar


         



Ver todos los trámites