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familia padres e hijo


RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

Es la renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar que pondrán obtener los familiares reagrupados.

REQUISITOS


- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

- Carecer de antecedentes penales en España.

- Ser titular de autorización de residencia temporal por reagrupación familiar en vigor o estar dentro de los noventa días posteriores a su caducidad.

- Tener asistencia sanitaria por estar cubierta por la Seguridad Social o contar con un seguro privado de enfermedad.

- Que el reagrupante sea titular de una autorización de residencia en vigor o se halle dentro del plazo de los noventa días posteriores a su caducidad, y que se mantenga el vínculo familiar o de parentesco o la existencia de la unión de hecho en que se fundamentó la concesión de la autorización a renovar.

- En su caso, tener escolarizados a los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria durante la permanencia de estos en España. Haber abonado la tasa por tramitación del procedimiento.

- Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia:

- Disponer de vivienda adecuada.


- La reagrupación familiar: requisitos e información general


- Autorización del hijo menor nacido en  España


- Autorización del hijo menor NO nacido en  España


- Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Familiares de investigadores, tarjeta azul-UE y residentes de larga duración-UE en otro Estado miembro


         



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